Legislación
Permitido en España
- Donación de semen y óvulos.
- Donación de embriones.
- Tratamiento a mujeres solas.
- Congelación de óvulos y embriones.
- Compensar a los donantes de semen y óvulos por las molestias ocasionadas y los desplazamientos.
- Diagnóstico genético preimplantacional.
- Reducción embrionaria en caso de embarazo triple.
No Permitido en España
- Subrogación.
- Elección del donante por parte de la pareja. El equipo médico elige el donante más acorde, dependiendo de su fenotipo y grupo sanguíneo.
- Conocer la identidad del donante. No está permitida la donación entre familiares o amigos. La donación debe ser anónima.
- Selección del sexo del embrión, a excepción de indicación médica, en el caso de enfermedades genéticas ligadas a cromosomas sexuales.
- Transferir al útero más de tres embriones.
Leyes, Órdenes y Decretos
LEY 14/2006, de 26 de Mayo sobre técnicas de reproducción asistida.
LEY 14/2007, de 3 deJjulio, de Investigación Biomédica.
Avenida Europa, 11-13 Bajo. 30007 Murcia - España
Tlf.: 0034 968 901 903 / Fax: 0034 968 900 402
info@tahefertilidad.es
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